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Empezar de cero, ahora más posible que nunca. Ley de la Segunda Oportunidad.

En vista de la difícil situación económica, en el año 2015 se promulgó el Real Decreto-Ley 1/2015 por el que se aprobaba un mecanismo de segunda oportunidad para todos aquellos particulares y autónomos que hubieran fracasado en su aventura empresarial o sus obligaciones sobrepasaran sus ingresos ocasionando ello una situación de insolvencia presente o inminente.

Dicha ley, exigía que la persona que solicitaba la segunda oportunidad fuera considerado deudor de buena fe, eso es; que el concurso no se califique como culpable, que no haya sido condenado por sentencia firme por un delito contra el patrimonio y que haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos.

Llegados hasta aquí, la ley concedía dos posibilidades, o bien conceder sin más la segunda oportunidad a la persona que la solicita exonerándole de forma inmediata de todas las deudas, o bien concediendo un pago diferido por tiempo de 5 años.

Existen, o más bien, existían dos excepciones a dicha descarga; por un lado, las deudas o créditos de derecho público (hacienda y seguridad Social) y, por otro lado, los créditos por alimentos (manutención alimenticia de los hijos).

En virtud de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de Julio del presente año, las deudas de derecho público, es decir, las deudas con Hacienda y Seguridad Social, también pueden incluirse en el plan de pagos y, por ende, tras oír a las partes, ello daría lugar a que estas fueran incluidas por el Juez en el beneficio de exoneración que se concede a quien ha solicitado la segunda oportunidad, quedando éste liberado del pago de todas las deudas, incluidas las contraídas con Hacienda y Seguridad Social.

Lo que conlleva dicha sentencia, en la que se abre la puerta para la exoneración de los deudores de buena fe de las deudas con Hacienda y Seguridad Social es cumplir con la finalidad de la norma y las leyes internacionales, concediendo al que pide una segunda oportunidad, una SEGUNDA OPORTUNIDAD REAL Y EFECTIVA, cancelándose todas las deudas y pudiendo éste empezar de nuevo.

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